Expediente de acometida: qué es y cómo se solicita

Publicado: 27/09/2024

Actualizado: 20/11/2024

Suministro energético

8 min lectura

Expediente de acometida: qué es y cómo se solicita

Descubre qué es un expediente de acometida los pasos y requisitos necesarios para solicitar su alta de manera eficiente en nuestro artículo.

El paso principal para conseguir tener electricidad en tu casa es teniendo tu expediente de acometida. Este término tan extraño es el que une tu suministro con la red eléctrica para que puedas disfrutar de la luz en el hogar. Mira cómo funciona y cuánto cuesta obtenerlo.

¿Qué es un expediente de acometida?

Un expediente de acometida es un conjunto de documentos y procedimientos necesarios para conectar una instalación eléctrica a la red de distribución, el cual asegura que una propiedad tenga acceso al suministro eléctrico de forma legal y segura.
La solicitud de este expediente es un paso esencial para establecer un nuevo punto de suministro eléctrico o para aumentar la potencia contratada en un punto ya existente.

La importancia del expediente de acometida

El expediente de acometida es crucial para asegurar que cualquier conexión a la red eléctrica se realice de manera segura y conforme a la normativa. Facilita el proceso de instalación eléctrica y asegura que todas las partes involucradas, desde el propietario hasta la distribuidora, estén al tanto de los requisitos y pasos necesarios para establecer el suministro eléctrico.

Sin este expediente no puede ir un técnico a ponerte la luz, entre otras cosas porque no tienes la autorización para que la distribuidora conecte la red a tu punto de suministro.

Como ves, el expediente de acometida es en realidad bastante simple, pero es muy necesario cuando quieres tener electricidad en una casa. Cualquier inmueble que veas disfrutando del suministro tiene ese expediente de acometida, y se solicita en cuanto quieres dar de alta la luz.

¿Cuándo se necesita un expediente de acometida?

El expediente de acometida es necesario en diversas situaciones, tales como:

  • Construcción de nuevas viviendas: Especialmente en propiedades aisladas como chalets o viviendas unifamiliares, donde la acometida eléctrica no está preestablecida.
  • Rehabilitaciones: En obras de rehabilitación, se debe verificar si es necesario actualizar o instalar una nueva acometida eléctrica.
  • Aumento de potencia: Cuando se requiere un incremento de la potencia eléctrica contratada en un inmueble.

¿Quién se encarga de solicitar el expediente de acometida?

Antes de que entres en pánico, relájate, porque tú no tienes que solicitar el expediente de acometida. Eso lo hace la empresa distribuidora, que es la empresa que se va a encargar de proporcionarte electricidad cuando des de alta la luz. Tú solo tienes que solicitar el alta.

DistribuidoraZona de actuación
Unión Fenosa DistribuciónAndalucía, Castilla La Mancha, Castilla y León, Extremadura y Galicia
I-DE DistribuciónAragón, Castilla y León, Castilla La Mancha, Comunidad Valenciana, Extremadura, Huesca, La Rioja, Murcia y País Vasco
E-DistribuciónAndalucía, Aragón, Baleares y Cataluña
Viesgo DistribuciónAsturias, Cantabria, norte de Castilla y León y Galicia
E-REDESAsturias y algunas zonas de Barcelona, Huesca, Madrid y Zaragoza
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Pasos para solicitar el expediente de acometida

La razón por la que te recomendamos que dejes que un técnico especializado en expedientes de acometida te prepare la solicitud es porque los pasos que tienes que dar son un poco enrevesados para alguien que no conoce el proceso. Mira en qué consiste el paso a paso:

  • Contactar con la distribuidora para abrir el expediente. Este expediente tiene los datos más importantes, como la dirección del inmueble, la información del solicitante, la tensión de la instalación o la potencia eléctrica que vas a contratar en la instalación.
  • Fase de viabilidad de la instalación. La distribuidora tiene que comprobar que no hay ningún error en la documentación que se ha enviado. Esa documentación es la que te acabamos de indicar en el punto número uno.
  • Recibir un presupuesto con el estudio de viabilidad. Aquí te toca esperar quince días hasta que recibas el presupuesto con todos los trabajos que la distribuidora tiene que hacer para poder conectar tu suministro a la red. Puedes aceptarlo o rechazarlo.
  • Comprobar que el proyecto cumple con los requisitos. Te toca esperar hasta que la distribuidora vea que el proyecto de la instalación es correcto y que se puede llevar a cabo sin ningún riesgo. Después vas a recibir el código CUPS del punto de suministro.
  • Hacer las obras pertinentes. Cuando la distribuidora ha visto que todos los permisos están bien y que no hay ningún problema, se empezarán con las obras indicadas para ponerte la luz en casa. Esas obras están recogidas en el expediente de acometida.

Una vez se han terminado las obras, lo último que falta es darte la documentación pertinente. Entre esa documentación tendrás el CIE, que es lo que necesitas para indicar que el expediente es contratable y que ya puedes recibir suministro de luz en el inmueble indicado.

¿En qué tipo de vivienda hay que solicitar un expediente de acometida?

No siempre es necesario que pidas el expediente de acometida, porque eso depende del tipo de vivienda que tengas. Por ejemplo, no es lo mismo tener luz en un inmueble de viviendas que en una vivienda aislada. Vamos a ver la diferencia de expediente entre un inmueble y otro:

En los inmuebles de viviendas

En un inmueble de viviendas no es necesario que pidas el expediente de acometidas. Esto es porque es un edificio con varias casas dentro que ya suelen tener su expediente de acometida desde hace tiempo. Lo único que puedes hacer es comprobar que todas las casas lo tienen.

En las viviendas aisladas

En una vivienda aislada como viviendas unifamiliares o chalets, lo más normal es que la acometida eléctrica sea individual, sobre todo si se trata de obra nueva.

En cambio, si se trata de una reforma, es recomendable que consultes al especialista del proyecto de obra para saber si cuenta con este expediente o es necesario tramitarlo.

¿Cuál es el precio de un expediente de acometida?

El precio de un expediente de acometida depende de varios factores como:

  • El tipo de terreno donde esté el inmueble
  • El tipo de inmueble donde vayas a dar de alta la luz
  • El número y tipo de obras que hay que hacer
  • La distancia con la red distribuidora
  • El número de kW que quieras contratar de potencia
  • Los derechos de supervisión, los derechos de enganche y los derechos de verificación

Por último, al precio de un expediente de acometida tienes que sumarle unos gastos fijos que tendrás que pagar sí o sí: los derechos de acceso y los derechos de extensión, así como derechos de enganche y verificación.

Derechos de acceso

Los derechos de acceso son tarifas que se deben pagar por utilizar la red de transporte eléctrico. Son necesarios cuando se solicita un nuevo suministro o se aumenta la potencia contratada. El coste es aproximadamente 19,70 €/kW y se abonan a la distribuidora eléctrica para asegurar el mantenimiento y disponibilidad de la infraestructura de transporte.

Derechos de extensión

Los derechos de extensión cubren los costes de ampliar la red eléctrica para conectar un nuevo suministro o aumentar la capacidad de uno existente. Su precio aproximado es de 17,37 €/kW y son necesarios cuando se da de alta un nuevo punto de suministro, se aumenta la potencia o el suministro ha estado inactivo por más de tres años. Estos derechos financian la extensión de la red eléctrica.

Derechos de enganche

Los derechos de enganche son tarifas fijas de aproximadamente 9,04 € por actuación, que se cobran por conectar físicamente una instalación a la red eléctrica. Este coste cubre el servicio técnico necesario para realizar la conexión segura y funcional del suministro eléctrico.

Derechos de verificación

Los derechos de verificación son tarifas de alrededor de 8,01 € por actuación, que se cobran para asegurar que una instalación eléctrica cumple con las normativas y estándares técnicos. Este proceso es fundamental para garantizar la seguridad y eficiencia de la instalación eléctrica antes de su uso.

Estos derechos y tarifas son esenciales para asegurar que las acometidas eléctricas se realicen de manera segura y cumplan con las normativas vigentes.

Precio de un expediente de acometida

Tras todo lo comentado anteriormente, supongamos que contratamos una nueva instalación monofásica para un nuevo suministro eléctrico, con una cantidad de 4,6kw para una casa de unos 90m2

Se tendrían que pagar los derechos de acceso y extensión: 

  • Derechos de acceso: 19,70 €/kW : 19,70 x 4,6 = 90,62€
  • Derechos de extensión: 17,37 €/kW : 17,37 x 4,6 = 79,91€

Además, se pagaría la propia instalación en sí con los derechos de enganche por cada vez intervención física que se haga para instalar el servicio, así como los derechos de verificación bajo el mismo criterio.

Por ejemplo, si necesitamos dos intervenciones para instalar todo, serían:

  • Derechos de enganche: 9,04 €/kw: 9,04 x 2 = 18,08
  • Derechos de verificación: 8,01 €/kw: 8,01 x 2 = 16,02
    En total, el precio para este ejemplo de expediente de acometida sería 204,63€.

Con todos estos datos ya puedes pedir tu expediente de acometida sabiendo lo que te va a costar. Recuerda que puedes dejar que la distribuidora se encargue de la solicitud.

Redactado por Equipo de redacción Eligenio

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